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Solicitud de volante de empadronamiento colectivo



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Descripción Mediante el volante de empadronamiento se constata que en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento, constan inscritos en un mismo domicilio dos o más personas. Se trata de un documento de carácter informativo acerca de la residencia de dichas personas cuyo domicilio habitual se encuentre situado en este municipio.
Forma de inicio A Instancia de parte.
Plazo de presentación Durante todo el año.
Lugar de presentación -En el registro electrónico de esta Entidad, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. L39/2015.
-En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
-En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
-En las oficinas de asistencia en materia de registros.
-En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Tributos Servicio gratuito.
Órgano Gestor Negociado de Estadística o Padrón Municipal.
Órgano que resuelve Negociado de Estadística o Padrón Municipal.
Plazo máximo de resolución y notificación Si la solicitud se hace de forma presencial, la entrega del volante se hace en el mismo momento de la demanda del mismo, siempre que las circunstancias del servicio lo permita.
Si la solicitud se hace de forma telemática, en el momento que se genere su volante de empadronamiento colectivo, recibirá una notificación electrónica a su buzón sito en la sede precedido de una email que le informará de la puesta a disposición.
Observaciones Los volantes de empadronamientos de menores han de ser solicitados por sus padres o representantes legales.

RECUERDE: en el caso de que se desee solicitar telemáticamente el volante de empadronamiento de un menor, que no posea certificado digital o en su caso DNI electrónico, podrá hacerlo, a través de la solicitud de VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO COLECTIVO, acreditándose de esta manera la residencia del mismo en el municipio.
Recordar que para determinadas administraciones la validez de los volantes de empadronamiento caduca conforme con el plazo establecido por cada organismo.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitudes: Solicitud debidamente cumplimentada, en el caso de que se solicite telemáticamente, se corresponderá con el formulario web al que se acceda. Si la presentación es presencial no será necesario.

Obligatorio Ambas
Documentos identificativos: DNI del interesado, tarjeta de extranjero, pasaporte, o tarjeta de identidad vigente si son nacionales de estados miembros de la Unión Europea, si es solicitado por otra persona que no sea el interesado: documento de identidad o copia del mismo con autorización expresa del interesado.

Obligatorio Ambas
Documentos identificativos: Para los menores no emancipados, es necesario el DNI, tarjeta de extranjero, pasaporte, o tarjeta de identidad vigente si son nacionales de estados miembros de la Unión Europea, de sus padres o representantes legales.

Obligatorio Ambas
Documentos identificativos: Para el volante de una persona fallecida se aportará su DNI, tarjeta de extranjero, pasaporte o tarjeta de identidad vigente si son nacionales de estados miembros de la Unión Europea, y el Certificado de Defunción o el Libro de Familia. En el caso de que no se tuviera dicha documentación la solicitud deberá ser realizada por familiar cercano.

Obligatorio Ambas
Solicitud: Presencial o a través de formulario web Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
L 4/1996 Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón municipal.
RD 2612/1996 Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
RD 2568/1986 Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
RES 2020 Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
LOPDGDD Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Deroga la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal).
LO 4/2001 Ley orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Otras Aquella otra aplicable al supuesto.

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